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Cómo cuidar al hijo de un pariente

  • Padre/madre legal: Una persona a quien el gobierno reconoce como padre/madre legal. ¡No hace falta iniciar un caso en la corte para ser un padre/madre legal! Muchos padres son automáticamente los padres legales de sus hijos:
    • Padres casados: Usted es automáticamente el padre legal de cualquier hijo de usted o su cónyuge que nació durante su matrimonio o a menos de 300 días después de divorciarse, incluso si no es biológicamente suyo. 
    • Madres solteras: Usted es automáticamente la madre legal de cualquier hijo que haya parido (a menos que sea una madre sustituta).
    • Padres solteros: Usted es el padre legal si su nombre se encuentra en el acta de nacimiento de su hijo, firma un formulario oficial donde declara ser el padre o tiene una orden judicial o de una agencia que dice que usted es el padre legal.
  • Cuidador: En esta página, el término cuidador describe a cualquiera que no es el padre/madre legal de un menor pero que ayuda al padre/madre a cuidar a su hijo. Un cuidador podría ser un cuidador profesional, padrastro, abuelo, otro pariente, amigo o compañero de cuarto.
  • Tutor legal: Un adulto designado por la corte para cuidar a un menor cuando sus padres legales no están disponibles. Un tutor puede tomar la mayoría de las decisiones sobre la crianza de un menor, como decisiones médicas y educativas. Cualquier persona individual, como un abuelo u otro pariente, o el Departamento de Servicios Humanos (Department of Human Services, DHS) puede iniciar un caso de tutela.
  • Orden de la corte: Un documento escrito, firmado por un juez, que establece reglas, responsabilidades y requisitos para las personas que participan en un caso de la corte.

  • Si sabe dónde están los padres del menor: Pídales a los padres que firmen un formulario de Delegación de poderes de paternidad. Este formulario le da permiso para poder tomar decisiones médicas y educativas para el hijo de otra persona.   
  • Si no puede encontrar a los padres del menor: Puede firmar una Declaración jurada de pariente cuidador. Este formulario le permite tomar decisiones médicas y educativas para el hijo de un pariente, cuando usted no puede encontrar a los padres para que le den un permiso por escrito.

Puede usar la Declaración jurada de pariente cuidador para tomar decisiones para el hijo de un pariente si:  

  1. no ha podido encontrar a los padres del menor para obtener su permiso escrito para tomar decisiones en su nombre; 
  2. tiene al menos 18 años;
  3. no es el padre, madre o tutor legal del menor;
  4. está relacionado con el menor por sangre o matrimonio;
  5. el menor está viviendo con usted todo el tiempo; y
  6. usted es responsable por el cuidado del menor.

Tiene que hacer un gran esfuerzo para encontrar a los padres o el tutor del menor antes de usar una Declaración jurada de pariente cuidador. Este formulario solo se puede usar si no puede encontrar a los padres legales o el tutor del menor. Si encuentra a los padres y obtiene su permiso, use en vez el formulario Delegación de poderes de paternidad

Puede usar el formulario Delegación de poderes de paternidad para tomar decisiones para el hijo de un pariente si: 

  1. tiene el permiso de los padres para cuidar al menor;
  2. tiene al menos 18 años;
  3. usted no es el padre/madre legal o tutor legal del menor; y
  4. está ayudando a cuidar al menor.

  1. Guarde una copia como comprobante; 
  2. Entregue una copia a la escuela del menor; 
  3. Deles una copia al médico, dentista y otros profesionales que cuidan de la salud del menor; y 
  4. Dele una copia a otros que tienen que saber que usted tiene el derecho legal de cuidar al menor.

Puede usar el formulario por un año.  

  • Si el padre, madre o tutor legal aparecen más temprano: Pueden desautorizar sus decisiones y llevarse a su hijo con ellos. Este formulario no le da el derecho de impedir que el menor vuelva con sus padres.  
  • Si usted y el menor dejan de vivir juntos: Tiene que notificar a la escuela, los médicos y otros proveedores de inmediato. 
  • Si ha pasado más de un año: Debería obtener ayuda legal para comprender sus opciones para cuidar al menor a largo plazo.

En la mayoría de los casos, dura seis meses. Excepto:  

  • Si uno de los padres está prestando servicio activo en las Fuerzas Armadas, dura todo el periodo de servicio activo, más 30 días después que termine. 
  • Si todavía está cuidando al menor después de seis meses, puede pedirles a los padres legales del menor que firmen una nueva Delegación de poderes de paternidad. Uno de los padres puede seguir firmando un formulario nuevo mientras usted siga a cargo del cuidado del menor. 

No.

A menos que una orden de la corte diga que el menor debería vivir con usted, tiene que devolver al menor. 

Si el otro padre del menor quiere que se vaya con él, usted se lo tiene que dar, a menos que:   

  • el otro padre no sea el padre legal (ver la sección de definiciones al principio de la página); 
  • usted tiene una orden de la corte que dice que el menor debería vivir con usted;  
  • hay una orden de la corte que dice que el otro padre no puede ver a su hijo; o  
  • hay un horario de crianza ordenado por la corte y no es el momento para que el otro padre puede ver a su hijo. 

Tiene varias opciones legales. Estas opciones son:   

  • seguir usando la Delegación de poderes de paternidad;
  • convertirse en un tutor legal;  
  • obtener la custodia legal; o 
  • adoptar legalmente al menor.  

Cada una de estas opciones tienen riesgos, beneficios y costos distintos. Debería hablar con un abogado para obtener asesoramiento sobre cuál de estas opciones es la mejor para su familia. Puede encontrar ayuda legal usando el Directorio de remisiones

Visite esta página para obtener más información sobre la tutela de menores en Oregón.

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